Jubilados |
Esta prestación se otorga a los afiliados que hubieran prestado servicios en el ámbito rural, bajo la dependencia temporaria o permanente de productores, contratistas o sub-contratistas dedicados a actividades agropecuarias y en tareas relacionadas con la cosecha o la ganadería.
Debe cumplir con los requisitos de 67 (sesenta y siete) años de edad y acreditar 10 (diez) años de servicios como mínimo en el trabajo rural bajo relación de dependencia.
Debe cumplir con los requisitos de 67 (sesenta y siete) años de edad y acreditar 10 (diez) años de servicios como mínimo en el trabajo rural bajo relación de dependencia.
Consideraciones Generales:
- El goce de la Prestación por Edad Avanzada es incompatible con la percepción de toda jubilación, pensión o retiro civil o militar, nacional, provincial o municipal.
No obstante, es factible percibir dicha prestación siempre que se renuncie a las otras prestaciones. - Se debe haber prestado servicios en el ámbito rural, bajo la dependencia temporaria o permanente de productores, contratistas o sub-contratistas dedicados a actividades agropecuarias y en tareas relacionadas con la cosecha o la ganadería.
IMPORTANTE
Para la realización de todos los trámites deben estar acreditados los datos personales en la Base de Datos de ANSES, los cuales puede verificar a través de esta página, en la solapa Autopistas de Servicio. En caso de no estar acreditados deberá dirigirse a una delegación de ANSES con su documento para regularizar la situación, sin turno previo.Requisitos que debe reunir
- Se debe haber prestado servicios en el ámbito rural, bajo la dependencia temporaria o permanente de productores, contratistas o sub-contratistas dedicados a actividades agropecuarias y en tareas relacionadas con la cosecha o la ganadería.
- Haber cumplido 67 (sesenta y siete) años de edad (Decreto 2433/93).
- Acreditar 10 (diez) años de servicios como mínimo en el trabajo rural bajo relación de dependencia.
- El goce de esta prestación es incompatible con la percepción de toda jubilación, pensión o retiro civil o militar nacional, provincial o municipal. No obstante, es factible percibir dicha prestación siempre y cuando renuncie a las otras prestaciones.
Documentación que debe presentar
- Del titular
- Exhibir DNI, LC, o LE, para acreditar identidad.
- En caso de no poseer DNI, LC, o LE deberá presentar constancia de DNI en trámite.
- Prueba de servicios:
Serán validos como prueba documental cualesquiera de los instrumentos que se detallan, los cuales deberán ser presentados en original:- Constancia de afiliación al Régimen Previsional de las leyes 14.339, 18.037 y 24.241
- Certificaciones de servicios con aportes extendidos por el empleador.
- Recibos de sueldos.
- Comprobante de afiliación como titular a la obra social del sector.
- Certificado extendido por ANSES, del pago de las Asignaciones Familiares.
- Sentencia Judicial o acto administrativo firme de reconocimiento de la relación laboral.
- Del representante
- Exhibir DNI, LC o LE para acreditar identidad.
- Formulario P.S.6.4 “Carta Poder”. Original, sólo en caso de no ser incluido en el Formulario de Solicitud de Prestaciones Previsionales.
- Deberá estar registrado en la Base de Gestores autorizados como abogado/gestor habilitado.
- Caso contrario, se deberá solicitar:
- Si es profesional (abogado):
- Credencial habilitante.
- DNI y Fotocopia de la 1ra y 2da hoja.
- Nota del profesional solicitando su incorporación al registro de abogados de la ANSES
- Si es gestor:
- DNI y Fotocopia de la 1ra y 2da hoja.
- Nota solicitando su incorporación al registro de gestores de la ANSES
- Si es profesional (abogado):